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Admisión temporal de mercaderías en Paraguay
Frontanilla Estudio Aduanero tramita el régimen de admisión temporaria (admisión temporal), que permite que una mercadería extranjera ingrese a Paraguay por un plazo y para un fin determinados, con suspensión total o parcial de los tributos, y que luego se reexporte.
Qué incluye
- Análisis de si la operación encaja en admisión temporaria o en otro régimen.
- Solicitud ante la DNIT y armado de la documentación.
- Gestión de la garantía a favor de la Aduana que exige el régimen.
- Control de plazos y de la identidad de los bienes.
- Cancelación del régimen: reexportación, importación definitiva o paso a otro régimen.
Cómo funciona
El Código Aduanero (Ley 2422/04, arts. 166 a 175) define la admisión temporaria como la permanencia de mercadería extranjera en el territorio aduanero para fines determinados, con suspensión total o parcial del pago del tributo, y con la obligación de reexportarla en el plazo fijado sin modificaciones. Se exige una garantía a favor de la Aduana. Si no se cumple, la mercadería se considera importada y se cobran los tributos.
Cuando la mercadería se transforma, repara o ensambla en Paraguay, el camino suele ser la admisión temporaria para perfeccionamiento activo o el régimen de maquila.
Fuentes oficiales
- Código Aduanero, Ley 2422/04 (BACN): https://www.bacn.gov.py/leyes-paraguayas/2276/ley-n-2422-codigo-aduanero
- DNIT, Admisión Temporal: https://www.dnit.gov.py/web/portal-institucional/admision-temporal
- DNIT, Regímenes Aduaneros: https://www.dnit.gov.py/web/portal-institucional/reg%C3%ADmenes-aduaneros
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